DISPOSITIVA
Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, presentada por los ciudadanos STEFANO DI LORETTO CORSETTI y CONSUELO ARRIECHE BRACHO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.955.612 y 1.850.394, respectivamente, y consecuencialmente DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos el día 05 de Enero del año 1963, bajo el No. 2, folio 2 y vuelto y 3 frentes, año 1963, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Antimano, Departamento Libertador del Distrito Federal (hoy Distrito Capital).
Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia de la presente decisión.-