Por todos los razonamientos supra establecidos, es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara su falta de jurisdicción para conocer de la solicitud de divorcio intentada por la abogada ATAQUILKY HELEN DEL VALLE NAVAS MAGDALENO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 80.675, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana VALENTINA M. TORREALBA VELA, venezolana, mayor de edad, domiciliada actualmente en la República de Colombia, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.125.211, contra el ciudadano GEORGE NICHOLAS WETTERN CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.123.674.