En fuerza de los razonamientos que anteceden, este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los cónyuges ciudadanos MAIKOL ANTONIO USECHE PANTOJA y SURY GOMEZ SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.564.975 y V-14.203.824, respectivamente, decretada el 19 de mayo de 2011, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha veinticuatro (24) de enero de 2009, ante el PRIMERA AUTORIDAD CIVIL DE LA PARROQUIA EL CAFETAL, DEL MUNICIPIO BARUTA, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, según consta de Acta de Matrimonio Nº 8, Año 2009. Por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.