HOMOLOGA la liquidación y partición amistosa de los bienes de la comunidad de gananciales que existió entre los ciudadanos GLORIA GUADALUPE GRANADINO BLANCO y CASTOR JOSÉ RODRIGUEZ SALAZAR, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V- 4.774.181 y V- 4.237.151 respectivamente, en los términos por ellos convenidos en el escrito presentado en fecha 10 de octubre de 2018, ut supra referido, de conformidad con el precepto contenido en el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil