Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta la INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana ROSA EMILIA ARMAS DE FUENTES, quien es Venezolana, mayor de edad, viuda, de 93 años de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 945.564.
Se designa como Tutor Interino a DULCE MARIA ARMAS VALENZUELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.265.802, domiciliada en la Calle 7, Qta., Sonia, Urbanización La Paz, Caracas, quien es sobrina de la interdictada, de conformidad con el artículo 309 del Código Civil, a quien se acuerda notificar de tal designación a fin de que manifieste su aceptación o no al referido cargo y en el primero de los casos preste el juramento de Ley.