Sentencia Defintiva mediante la cual se declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos LEONIDA MARGARITA GIL DE CARREÑO Y EUSTACIO CARREÑO TOSCANO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nos V- 4.850.514 y V-6.044.876, respectivamente. SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos el veintiuno (21) de noviembre de 1975, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Pastora, Departamento Libertador del Distrito Federal (hoy Oficina de Registro Civil de la Parroquia La Pastora del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, consignando a tales efecto copia certificada del acta Nº 381 del año 1975