"...en uso de las atribuciones que le confiere la Ley, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana CARMEN JOSEFINA DIAMOND BELLO, plenamente identificada, para que tramite el correspondiente pasaporte a favor de su hijo, el niño "...cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente...", por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería. Queda expresamente entendido que esta Autorización para Tramitar Pasaporte, no implica ni incluye Autorización para Viajar, resolviendo ese pedimento por auto separado. Expídase por Secretaria copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada a los fines legales consiguientes..."