Este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, en el juicio que por acción de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento sigue la ciudadana FLORINDA DIZ BESADA, contra la sociedad mercantil GRUPO SIMASALUD, C.A., ambas identificadas al inicio de este fallo decide así:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por acción de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento intentó la ciudadana FLORINDA DIZ BESADA, contra la sociedad mercantil GRUPO SIMASALUD, C.A., ambas identificadas al inicio de este fallo. En consecuencia, se condena a la parte demandada a entregar a la parte actora, libre de bienes y personas, y en el mismo estado en que lo recibió, el inmueble constituido por "un Local para uso de oficina, ubicado en la Planta Baja de la Quinta Aymara, distinguido con el Nº 3-B, de la Urbanización La Flo.....