IV
DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia y obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ello conforme lo establecido en los artículos 362 y 868, ambos del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: PROCEDENTE la pretensión que por DESALOJO ha incoado el ciudadano JOSE LUIS PEREZ PRIETO contra la ciudadana MARIA CONCEPCION TEJERA ALVAREZ, todos identificados plenamente en la parte inicial del presente fallo.
TERCERO: En consecuencia, se ordena a la parte demandada que entregue a la parte actora, el inmueble "situado en la Parroquia Candelaria, entre las esquinas de Perico a San Lázaro, Edificio "Residencias Celsa", piso 17, Apto N° 17-A, frente a la Avenida Sur 9, Municipio Libertador, Distrito Capital".
CUARTO: Se cond.....