V
DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Duodécimo de
Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando
justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad
de la Ley, decide así:
PRIMERO: Se DECRETA medida de prohibición de enajenar y gravar
sobre sobre:
"El cinco punto cero diecinueve por ciento (5,019%) de los derechos
pro-indivisos sobre el inmueble constituido por un (01) lote de terreno que
ha sido identificado como subsector Bl-2 en el "Documento de Usos y
Condiciones de Desarrollo de Completo Turístico Tamanaco" sobre el cual
se construyeron unas bienhechurías constituidas por un edificio
denominado Edificio La Ceiba (Tamanaco Suite Etapa li Torres A y B), en el
cual se le adjudico en propiedad al demandado un (01) apartamento suite,
identificado con el No. PH2 A, ubicado en el piso PH, planta que tiene un
área cubierta aproximada de doscientos sesenta y cuatro metros
cuadrados co.....