Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, de conformidad con el artículo 26 Constitucional; 207 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con el acápite Segundo del artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE PROTECCION A LOS CULTIVOS EXISTENTES, realizados por ciudadano JOSE LUIS FERNANDEZ CARTAYA, en un lote de terreno de una superficie aproximada de DOS HECTARES Y MEDIA (2 ½ Has), ubicado en el sector Ocho, autopista Caracas- Guarenas, Municipio Sucre del Estado Miranda; POR UN LAPSO DE TREINTA (30) DÍAS CONTADOS A PARTIR DE LA PRESENTE FECHA, ordenándosele a la ciudadana JACQUELINE COROMOTO NORIEGA ROBLES, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.563.880, permitir que se realicen las labores de cuido y mant.....