esta Juez Unipersonal Nº 10 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara TERMINADA la solicitud de Autorización Judicial para Viajar, presentada por la ciudadana ANNALIESY JOSEFINA COLMENARES REINOSO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula identidad Nº V-7.924.787, actuando en nombre y representación de su hijo (se omite el nombre conforme al artículo 65 ejusdem), por cuanto el periodo para efectuar el viaje feneció. Se ordena el cierre y archivo definitivo del presente asunto.