tras una exhaustiva revisión de los hechos narrados en el libelo, por considerar este Juzgado que existe el temor fundado de que desaparezcan las pruebas del promovente, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 813 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena el traslado del Tribunal a la siguiente dirección: Calle 3-A, Centro Profesional La Urbina, piso 13, Oficina 13A y 13B, Urbanización La Urbina, Municipio Sucre del Estado Miranda, sede de las sociedades mercantiles VIVERES MIRAGUA C.A; inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 26-08-92, bajo el Nº 29, Tomo 88-A-Pro., VIVERES MEVICA C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 10-03-1995, bajo el Nº 27, Tomo 89-A-Sgdo; DISTRIBUIDORA MIRAGUA C.A., inscrita por ante el Registro Merca.....