Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 05 de agosto de 2011, por los abogados JAIRO REVILLA DUARTE y YELITZE PÉREZ, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, contra el auto dictado por el Juzgado Trigésimo Séptimo (37°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 02 de agosto de 2011, con motivo del juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara el ciudadano LEÓN TROYANO NACIMIENTO, en contra de la sociedad mercantil VITITREX, C.A. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada recurrente de conformidad.....