Por las razones antes expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, intentada por la Defensora Pública Agraria del estado Miranda (extensión Los Teques), abogada BARBARA GABRIELA CESAR SIERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.193.415, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 71.093, en representación del ciudadano CARLOS ALBERTO SANTANA HURTADO (sic), venezolano, mayor de edad, de oficio criador, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.371.404, domiciliada en San Antonio de Los (sic) Altos, Calle Aragua, Sector Las Minas, en frente de FAVITENSE, Municipio Los Salias, Estado Bolivariano de Miranda.
SEGUNDO: Por cuanto el presente fallo es publicado dentro del lapso legal que estab.....