Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: La PERDIDA DE INTERES SOBREVENIDA por CARECER DE OBJETO la apelación interpuesta el la apelación interpuesta en fecha 19 de noviembre de 2014, por el abogado EDISON CRESPO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto de fecha 18 de noviembre de 2014, dictado por el Juzgado Décimo Noveno (19°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en un solo efecto el 27 de noviembre de 2014, con motivo del juicio seguido por LUIS MONTERRUBIO RODRIGUEZ contra DERIVADOS ELECTRONICOS, C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.