Se declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos Freddy Enrique Belisario Gallipoli y Elka Angelina Rojas Balda, cónyuges, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números V-5.530.967 y V-4.582.047, respectivamente. En consecuencia, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, el cual contrajeron el día treinta y uno (31) de enero de mil novecientos ochenta y seis (1986), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia 23 de enero del Municipio Libertador del Distrito Capital acta No. 15, inscrita en los Libros de Registro Civil de Matrimonios correspondiente al año 1986, por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, una vez quede firme, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil venezolano.