En tal sentido, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los ciudadanos SIMON ALEJANDRO ZERPA DELGADO y VANESSA CAROLINA ELECHIGUERRA LABARCA, supra identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el 24 de marzo de 2010, contraído ante el Registro Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, asentado bajo el Acta de Matrimonio N° 33.
De conformidad a lo previsto en los artículos 475 y 506 del Código Civil, en concordancia con el artículo 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, se ordena librar oficios al Registro Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, así como al Registro Principal Civil del Distrito Capital, adjunto a copia certificada de la presente decisión, una vez que quede firme y ejecu.....