En base a las consideraciones que anteceden, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara CON LUGAR la solicitud de rectificación del Acta de Defunción N° 1105, levantada el doce (12) de agosto de 1996 , en el Folio 53, del Libro de Defunciones del año 1996, llevado por el Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital, con ocasión del fallecimiento de JESÚS MARÍA BLANCO MONGES, quien fuera titular de la Cédula de Identidad número V- 1.896.764, fallecido el día doce (12) de agosto de 1996.En consecuencia, deberá rectificarse dicha Acta de Defunción en los siguientes términos: en donde dice soltero, se rectifica como casado con la ciudadana TERESA DE JESÚS NÚÑEZ DE BLANCO, titular de la Cédula de Identidad No. V- 2.773.967; en donde aparece identificada uno de los hijos como Lisbeth, debe r.....