Por las consideraciones de hecho y de derecho, este JUZGADO QUINTO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de que el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial, deje transcurrir el lapso de cinco (5) días hábiles siguientes para el ejercicio de la apelación de la sentencia dictada en fecha 17 de marzo de 2011, que declaró Improcedente la Oposición al Embargo Ejecutivo, todo en el juicio incoado por el ciudadano FERNANDO MENDOZA, en contra de la empresa CORPORACIÓN GARANI, C.A., ambas plenamente identificadas.