En consecuencia, este JUZGADO VIGÉSIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela DECLARA CON LUGAR la demanda que por DESALOJO sigue el ciudadano LI WIE HUNG LEON contra el ciudadano JOSE GREGORIO FERRER MARTINEZ, y en consecuencia se ordena:
PRIMERO: La entrega material del inmueble constituido por un local comercial, identificado con el número 25, ubicado en la planta baja del Edificio Santiago de León, situado entre las esquinas de Horno Negro y Delicias, Parroquia San Juan, Municipio Libertador, Distrito Capital.
SEGUNDO: En pagar la cantidad de TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 39.200,00), que equivalen al monto adeudado por los cànones dejados de percibir durante la vigencia del contrato, y los que se sigan causando hasta la publicación del presente fallo.
Conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se cond.....