éste Juzgado Superior Sexto Contencioso Tributario de la Región Capital Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PROCEDENTE LA ACCIÓN DE AMPARO CAUTELAR INTERPUESTA CONJUNTAMENTE CON LA ACCIÓN DE NULIDAD, por la contribuyente “ABBOTT LABORATORIES, C.A.”, sociedad mercantil, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha veintidós (22) de mayo de mil novecientos setenta y tres (1973), bajo el N° 4, Tomo 82-A, interpuso en fecha doce (12) de diciembre de dos mil siete (2007), por intermedio de sus apoderados judiciales, ciudadanos ANDRES HALVORSSEN VILLEGAS, LUIS ORTIZ-ALVAREZ, ALFREDO LAFEE PEREZ y GIANCARLO HENRIQUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° 10.510.187; 9.965.898; 15.396.320; y 15.664.046, inscritos en el INPREABOGADO bajo los N° 49.144, 55.570, 119.746 y 112.186