este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescente y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código Civil, concede AUTORIZACION JUDICIAL PARA AL ABOGADO FRANCISCO ANTONIO CARRILLO RIVERO, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL N° 105.858, PARA CELEBRAR TRANSACCION SOBRE LA ALÍCUOTA PARTE DE LA INDEMNIZACIÓN CORRESPONDIENTE Y CUALQUIER OTRO BENEFICIO QUE LES PUDIERA CORRESPONDER, a los niños (SE OMITEN SUS IDENTIDADES), de 03 y 07 años de edad respectivamente, la cual deberá ser realizada en el Consulado de Venezuela en la ciudad de Panamá. Asimismo, se le hace saber al referido profesional del derecho, que los montos acordados en dicha transacción como indemnización o beneficios, deberán materializarse en chequ.....