Por las razones antes expuestas, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por los ciudadanos OMAR ENRIQUE CADENAS MOLINA y VILMA JOSEFINA de CADENAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-4.163.106 y V-4.580.779, respectivamente, contra la JUNTA DE CONDOMINIO DE LAS RESIDENCIAS PAEZ, ubicada en la calle Páez, Municipio Baruta, representada por los ciudadanos CLAUDIA CININI, ARTURO COLORADO, ENID SALAZAR, LUISA HERNNADEZ y CARLOS MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.222.439, V-5.531.661, V-6.117.779, V-3.986.506 y V-7.264.258, .....