PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado ALBERTO JOSÉ FREITES DEFFIT, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 95.006, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, ciudadano GUSTAVO PÉREZ ACEVEDO, contra la decisión proferida por el JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en fecha 11 de mayo de 2011, que declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión de fecha 11 de mayo de 2.011, proferida por el JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, que declaró inadmisible la presente acción de amparo constitucional.
No hay condenatoria en costas, por cuanto no se evidencia temeridad en la acción incoada.