Vista la presente Transacción y sus recaudos, presentados en fecha 26-06-2013, por ante este Tribunal Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y las Trabajadoras y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, estando el expediente en fase de mediación. Así visto el escrito de transacción presentado por el representante de la parte actora NELSON TURIZO, Abogado JOSE HARO, IPSA Nº 118.083, y firmado por el representante legal de la demandada HOTEL REMA C.A., y los ciudadanos JOSE FIRVIDA y ELISARDO VECOÑA, el ciudadano ELISARDO VECOÑA asistido del abogado NATAHIR ALECIO, IPSA N° 62.407, mediante la cual la demandada paga al demandante a su cabal y entera satisfacción la suma señalada de OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLIVARES FUERTES CON DIECISEIS CENTIMOS (Bs.8.288,16), que fue cancelado mediante che.....