En este orden de consideraciones, la representación judicial de la parte demandada ciudadana MARÍA DI GRANDE DE SCARDACI, cédula de identidad NºV-5.533.940, da cumplimiento a lo condenado, a cuyos efectos entrega la cantidad de BOLÍVARES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CUARENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs.332.686,49), mediante instrumento valor (cheque), a favor de la parte demandante, girado contra el BANPLUS compañía anónima, N°20000162, con fecha 31 de octubre de 2017, debidamente recibido por la parte demandante. Asimismo, se deja constancia que la parte Demandada paga los emolumentos fijados por este Tribunal, a la ciudadana experta contable Lénor Rivas, por la cantidad de BOLÍVARES TREINTA MIL (Bs.30.000,00), mediante instrumento valor (cheque), a favor de la auxiliar de justicia, girado contra el BANPLUS compañía anónima, N°78000161, con fecha 31 de octubre de 2017, a cuyos efectos se ordena agregar a los autos en un folio copia simple del mismo.
En este.....