Por todos los razonamientos antes expuestos y en mérito de las anteriores consideraciones, esta Juez Unipersonal XIV de la Sala de Juicio de este Circuito Judicial de Protección del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a la ciudadana MARGARET HERNANDEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° 13.717.183, debidamente asistida por la Defensora del Niño, Niña y Adolescente N° 521 del Municipio Libertador, Distrito Capital, Luz Marina Delgado M., en representación de su hijo, del adolescente XXXX, para que tramite única y exclusivamente por ante la Oficina del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), el pasaporte del adolescente supra identificado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley Especial que rige la materia. A tal efecto se acuerda oficiar a la referida.....