DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE, la tacha incidental propuesta por el abogado Jesús Rafael Muñoz Matute, actuando en su propio nombre y representación contra el documento privado sucrito en fecha 10.09.2010.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los diez (10) días del mes de Octubre del año dos mil once (2011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
LA JUEZ
DRA. INDIRA PARIS BRUNI
LA SECRETARIA
ABOG. MARIA ARZOLA PADILLA
Exp. N° 11.10504
Tacha Incidental de Documento/Int.
Materia Civil
IPB/MA/Eri.....