III.- DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto por la abogada Gala Rodil, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MERY MIGUELINA RODRIGUEZ PADRON, contra el auto proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, en fecha 09.08.2010, que negó la apelación, por haber sido propuestas de forma extemporánea, en el juicio por prescripción adquisitiva seguido por la ciudadana MERY MIGUELINA RODRIGUEZ PADRON, recurrentes de hecho contra la ciudadana MARÍA DOLORES PÉREZ de BRANDT.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el mencionado auto proferido por el .....