DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda ADMITIR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho MARIA LAURA MOLINA SANDOVAL, Defensora Pública Penal (suplente) Cuadragésima Primera, en su carácter de defensora de los ciudadanos ANDRADE CARDENAS JUNIOR, AQUINO LÓPEZ GUSTAVO y CARDENAS MUÑOZ JOEL ARGENIS, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 28 de octubre de 2009, en la audiencia para oír al imputado, en la cual decreta medida judicial preventiva privativa de libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 en sus tres numerales, 251 numerales 2, 3 y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO DE.....