IV.- DISPOSITIVA.-
Por los razonamientos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fechas 14 de abril de 2015 (f. 6) por el abogado RODOLFO QUIJADA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano WALDEMAR ANTONIO NÚÑEZ LÓPEZ, contra el auto decisorio dictado en fecha 30 de Marzo de 2017 (f. 170 al 172), por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó el decreto a la medida de Secuestro, solicitadas por la parte actora-apelante en el juicio que por Interdicto de Despojo, sigue el ciudadano WALDEMAR ANTONIO NÚÑEZ LÓPEZ, contra la ciudadana KETY DOMING.....