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Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto (4º) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la declara: PRIMERO: AJUSTADA A DERECHO la decisión dictada por el Juzgado Décimo Primero (11º) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, en fecha 20 de febrero de 2019. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JOSE GREGORIO VARGAS VALLES, venezolano, mayor de edad contra REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA ECOSOCIALISMO. TERCERO: SE CONFIRMA la decisión consultada. CUARTO: No se condena al pago de costas a la demandada.
Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 109, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA
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