Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 242, 243, 244, 884 y 885 del Código de Procedimiento Civil; 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 04 de abril de 2018, por el abogado Alfonso Martin Buiza, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 78.345, en su carácter de defensor ad-litem, contra la sentencia de fecha 02 de marzo de 2018, proferida por el Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Segundo: SE REVOCA el particular "TERCERO" de la sentencia de fecha 02 de marzo de 2018, que declaró sin lugar la cuestión p.....