Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación de la codemandada, Inversiones Nugomen, C.A. contra el auto de providenciación de pruebas del Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha 10 de abril de dos mil quince (2015), dictado en el juicio por reclamación de prestaciones sociales y otros beneficios derivados de la relación laboral, que sigue, RAMÓN ALÍ GUERRERO PÉREZ, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 10.745.267; contra las entidades de trabajo, de este domicilio, INVERSIONES 6410, C.A. e INVERSIONES NUGOMEN, C.A. de este domicilio, inscritas, esta última, por ante el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Distrit.....