Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 25 de agosto de 2003, por el abogado Andrés Halvorssen Villegas, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nro. V-10.510.187, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.144, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente LICORERÍAS UNIDAS, S.A. En consecuencia:
1) Se ANULA el acto administrativo contenido en la Resolución N° 827 de fecha 27 de septiembre de 2002, dictado por la Gerencia General de Finanzas del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), y por consiguiente, las cantidades que se detallan a continuación:
i) La cantidad de VEINTISIETE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 27.458.827, 00), por concepto de aporte del 2% (numeral 1 del artículo 10 de la Ley s.....