siendo diez y treinta de la mañana, se traslado y se constituyo este juzgado en compañía del apoderado actor, abg Ali José Navarrete Toro, Inpreabogado Nro. 64.631, los auxiliares de justicia quienes fueron debidamente designados y juramentados por el Juez de este Tribunal, en la siguiente dirección: Apartamento identificado con el Nro. 303, ubicado en el Piso 3, del Bloque 12, Urbanización Caricuao, Sector UD-4, Municipio Libertador, Distrito Capital, a fin de practicar las medidas de ENTREGA MATERIAL y EMBARGO EJECUTIVO.- Una vez a las puertas del inmueble, el Tribunal procede a dar los tres toques de Ley, sin ser atendido el llamado judicial por personal alguna.-Seguidamente se hace presente Antonia Cristina Rodríguez, C.I. 1.142.104, a quien se le informo de la misión del Tribunal, manifestando la notificada ser habitante del apartamento Nro. 304, contiguo al objeto de la medida, y pide un tiempo prudencial a fin de comunicarse vía telefónica con la demandada en el presente proceso.....