sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y tal como lo previene el artículo 937 del Código Procesal Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente sobre las bienhechurías realizadas en un lote de terreno, ubicada en la Hacienda El Carmen hoy Barrio Unión, Calle Pública hoy Callejón Padre Jesús Missas, Escalera Nº 2, jurisdicción del Municipio Petare hoy Parroquia Petare, Distrito Sucre hoy, Municipio Sucre del Estado Miranda, a favor de los ciudadanos FLOR DE MARIA BERRIOS de TRIBIÑO, GLADYS ROMUALDA, JESUS ALBERTO, CARMEN ELENA, MARIA TERESA, MERCEDES, MARITZA, FLOR BEATRIZ y ROSA TRIBIÑO BERRIOS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números 1.856.170, 4.088.208, 4.087.666, 4.087.665, 4.087.667, 4.774.230, 5.304.130, 6.562.886 y 6.285.797, respectivamente, efectuadas dichas bienhechurías en un terreno de su propiedad, según documento protocolizado ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Regis.....