III
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado CARLOS SALAS POYATO en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto de fecha 19 de junio de 2006, proferido por del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, el cual queda parcialmente revocado en los términos expuestos en el presente fallo. En consecuencia, se ordena al referido juzgado proceda a admitir, mediante auto expreso, la prueba de informes promovida por la parte demandada en el Capítulo III, literal A, del escrito presentado en fecha 13 de junio de 2006, ex artículo 402 del Código de Proce.....