Visto el escrito transaccional, presentado en fecha 11 de enero de 2008, por el abogado ALAIN PIERRE BIZET, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 112.013, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil SEGUROS BANVALOR, C.A., por una parte y por la otra los ciudadanos ANGEL AUGUSTO SUAREZ y GABRIEL ISMAEL CEBALOS, titular de la cédula de identidad N° 14.526.956 y 14.260.500, en su carácter de parte actora, debidamente asistido por el abogado DIEGO MEJIAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 23.119, este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le .....