el Tribunal, comoquiera que al folio 79 del expediente, consta el domicilio procesal de la parte demandada, este juzgado niega la notificación solicitada por la representación judicial de la parte actora, mediante cartel.- En consecuencia, ordena la notificación mediante boleta, a la parte demandada, sociedad mercantil Inmobiliaria Efe C. A., en la persona de su presidente ciudadano Armando Fuentes, o uno cualquiera de los apoderados judiciales, abogados Oswaldo Borrero, Juan Polanco ó Antonio Soto, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 51.227, 24.881 o 78.154 respectivamente, a fin de hacer de su conocimiento de la sentencia dictada en la fecha supra mencionada, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, haciéndole saber que una vez conste en autos su notificación, y la nota de la secretaria de este despacho de haberse cumplido con las formalidades establecidas por la ley