III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de CONVERSION EN DIVORCIO de la separación de Cuerpos de los ciudadanos: YOELIN FLORES LUZARDO y SERGIO RAFAEL PEREZ RODRIGUEZ, asistidos por la abogada en ejercicio LIZA REVILLA.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes el día 15 de Agosto del año 2008, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Valle, Municipio Libertador del Distrito Capital; cuya acta quedó inserta bajo el No. 94, del Libro de Matrimonios del año 2008.
TERCERO: Líbrese oficio a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Valle, Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registro Principal del Distrito Capital,.....