Por las razones antes expuestas, esta Jueza Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos CARMEN ANTONIO PEREZ y THAMARA EVELYN BLANCO, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.617.258 y V-10.009.888 respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha veintidós (22) de septiembre de 1994, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital, asentada bajo el acta Nº 138, de los Libros de Matrimonios llevados por ante esa oficina, correspondientes al año 1994. En cuanto las niñas (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LO.....