Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 24 de septiembre de 1993. En consecuencia:
1. Queda firme el contenido de la Resolución No. HRA-410C-257, dictada por la Administración del Impuesto sobre la Renta de la Región Los Andres en fecha 23 de julio de 1993, así como las Planillas de Liquidación Nos. 05-10-70-00937, 05-10-70-00857 y 05-10-70-00776, todas de fecha 4 de mayo de 1992, mediante las cuales se liquidan intereses moratorios por las cantidades de Bs. 17.942,40, Bs. 4.589,85 y Bs. 170,50, respectivamente.
2. Queda firme el contenido de la Planilla de Liquidación Nº 05-10-70-01657, por un monto de Bs. 33.109,30, emitida en fecha 2 de agosto de 1993, por concepto de intereses moratorios.
Se condena en costas procesales al contribuyente accionante, por un monto equivalente al 10% de la cuantía de la causa,.....