PARTE DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 365 y 366 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguientes pronunciamiento:
PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano JESUS MARÍA GARCIA MARENCO, venezolano, natural de Campo de la Cruz, Departamento Atlántico, Colombia, nacido el 17-08-1947, de 60 años de edad, soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Etilvia Marrenco (v) y de Eduardo García (v), residenciado en el barrio La Alcabala, callejón San Guillermo, casa s/n, Petare, Municipio Sucre del Estado Miranda, teléfonos 0426-940.61.21 y titular de la Cédula de Identidad No 22.542.149, de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 406.....