DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 428 y 442 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el abogado ELIO CESAR BURGUERA RINCON, en su carácter de apoderado judicial de la victima, ciudadano CRUZ HERNANDEZ MANUEL EDUARDO, conforme al artículo 439 numerales 1 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 24 de Enero de 2014, por el Juzgado Quinto (5°) Itinerante de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a la ciudadana KATI COROMOTO MAIONE GARCIA, de conformidad con el artículo 300 numeral 2 ejusdem.....