D I S P O S I T I V A
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al Mandato Constitucional contenido en el artículo 26, a tenor de lo dispuesto en los artículos 437, 448 y 450, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE el Recurso de APELACIÓN DE AUTO interpuesto por el Dr. OMAR GARCIA AGOSTINI, en su carácter de Defensor Privado, de los ciudadanos Elvis Miguel Torrealba Rivero y Deivin Joel Rivero Perez, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, de fecha 12 de Septiembre de 2012, a cargo de la Abg. Carolina Rodriguez, mediante la cual declaró Sin Lugar el Decaimiento de la Medida, solicitada en fecha 10 de septiembre de 2012, de conformidad con lo est.....