esta SALA 6 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, ACTUANDO COMO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, actuando en sede Constitucional emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA CON LUGAR la acción de amparo incoada el día 19 de noviembre de 2013, las ciudadanas LUCIA GOMEZ DE DELGADO y MAGALY CAROLINA GODOY, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 11.914 y 41.705, respectivamente, actuando en su condición de defensoras del ciudadano SAUL KRIVOY ORNIKNIAN, titular de la cédula de identidad Nº V-1.895.047, interponen acción de amparo constitucional contra el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la ciudadana ANNA LISA CIRROTTOLA NOVIELLI, alegando la presunta violación de las normas insertas en los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de.....