esta Sala N° 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JUAN GARANTÓN, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.578, en su condición de Defensor del acusado MIGUEL ENRIQUE AGRAZ, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Vigésimo Séptimo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 15 de agosto de 2006 y publicada la fundamentación del fallo integro de la sentencia en fecha 18 de septiembre de 2006, mediante la cual CONDENÓ al acusado antes mencionado, a cumplir la pena de DIECIOCHO (18) AÑOS DE PRESIDIO, por haberlo encontrado autor responsable en la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordina.....