Al penado JULIO CÉSAR MANGARRET CABEZA (INDOCUMENTADO), le procede; previa verificación de los requisitos de Ley:
Destacamento de Trabajo: La cuarta parte de la pena, cuyo cumplimiento deberá verificarse para optar a la Medida al transcurrir DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES, es decir, en fecha 25-04-2010.
Régimen Abierto: La tercera parte de la pena, al transcurrir TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES, es decir, en fecha 25-02-2011.
Libertad Condicional: Las dos terceras partes del cumplimiento de la pena, al transcurrir SEIS (06) AÑOS Y OCHO (08) MESES, es decir, en fecha, 25-06-2014.
La Gracia de Conmutación de pena (CONFINAMIENTO), podrá ser solicitada por el referido penado, una vez que el mismo haya cumplido las tres cuartas partes de la pena, que equivale a SIETE (7) AÑOS Y SEIS (06) MESES, siempre y cuando el penado se encuentre intramuros, es decir, en fecha 25-04-2015.